Hoy, sábado 29 de agosto, se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias las nuevas medidas contra el Covid 19, adoptadas por el Ejecutivo autonómico canario. Entre estas medidas, hay una que se está interpretando de manera muy restrictiva y hasta absurda. Afectando sólo a las islas de Gran Canaria y Lanzarote, dice literalmente el BOC : 1. No se autorizarán los eventos ni actos multitudinarios, entendiéndose como tal aquellos de más de 10 personas . De la literalidad de ese apartado del BOC parece deducirse que se refiere a actos o eventos puntuales que requieran algún tipo de autorización, tales como conciertos, ferias, etc. No dice, «se prohibirán» o, «no estarán permitidos» sino que habla de «no se autorizarán». La sorpresa ha sido mayúscula cuando desde el Obispado de Canarias han emitido un comunicado indicando, que habiendo realizado consultas, ese apartado del BOC también abarcaría los actos de culto y, por lo tanto, no podrá superarse las 10 personas durante, por ejemplo, la celebración de la santa misa, aunque se oficiara en un templo tan grande como la S. I. Catedral.
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Vivimos en una sociedad tan secularizada que ya no se reconoce el valor infinito de la santa misa, ni la necesidad de impretar de Dios su auxilio, perdón y ayuda. Ni la obligación de darle culto .
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Las playas pueden estar llenas de gente, mientras guarden distancia y usen mascarillas. Los centros comerciales pueden estar llenos hasta completar el aforo que permita la distancia de seguridad. Las guaguas pueden ir atestadas de personas mientras se use la mascarilla. Los turistas pueden seguir viniendo sin que, en origen o aquí, se les realice la prueba PCR, pero las iglesias – en las que se ejercita varios derechos fundamentales y libertades públicas como la libertad religiosa y de culto – tienen que estar reducidos los actos a 10 personas, independientemente del tamaño del templo, de que se observen la distancia de seguridad entre los fieles, se use mascarilla y se provea de gel hidroalcolico a todo el entra. ES MUY INJUSTO.
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Pedimos a las autoridades religiosas de la Diócesis y a la ciudadanía que soliciten, con toda voluntad colaborativa pero con toda contundencia, que no se vulneren los derechos fundamentales antes mencionados. Que se dé un trato específico y diferenciado para que las personas puedan ejercer esos derechos observando todas las medidas sanitarias establecidas, entre ellas la distancia de seguridad y el uso de mascarilla.
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En su momento el decreto de Estado Alarma de marzo pasado, hacía referencia específica al derecho a la libertad religiosa y de culto. Pedimos a Gobierno autonómico que haga lo mismo y no considere los actos de culto como un evento cualquiera.
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Además, como agravante, hay que subrayar el comportamiento ejemplar de la Iglesia en la implantación de medidas para evitar la propagación del virus durante todo este tiempo. Todo lo contrario, de los comportamientos incívicos que se siguen dando en playas, bares, etc. donde todo sigue sin nuevas restricciones tan radicales como las que ahora afecta a la Iglesia.
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Señor Ángel Víctor Torres, Presidente del Ejecutivo Autonómico Canario, sea exquisito en lo que se refiere a derechos fundamentales. Tengan sentido común. Permita el ejercicio del culto religioso sin esa limitación de 10 personas sino observando las medidas de seguridad que señalan el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad: Uso de mascarilla, distancia de seguridad y lavado frecuentemente de manos.